Impuesto a los Juegos

¿Qué grava el impuesto a los juegos?

El Impuesto a los Juegos grava la realización de actividades relacionadas con los juegos, tales como las loterías, bingos y rifas, así como la obtención de premios en juegos de azar 

¿Quiénes están obligados al pago del Impuesto?

Están obligados al pago del Impuesto, la empresa o institución que realiza las actividades antes señaladas, así como quienes obtienen los premios. En este último caso las empresas organizadoras tienen la condición de agentes retenedores. 

¿Quién es el órgano recaudador y fiscalizador del impuesto?

La recaudación, administración y fiscalización del impuesto corresponde:

a) En el caso del juego de bingo, rifas, sorteos y similares, pimball, juegos de video y demás juegos electrónicos, a la Municipalidad Distrital en cuya jurisdicción se realice la actividad gravada o se instalen los juegos.
b) En el caso de las loterías y otros juegos de azar, a la Municipalidad Provincial, donde se encuentre ubicada la sede social de las empresas organizadoras de juego de azar.
 

¿Cuál es la base imponible del impuesto?

a) Para el juego de bingo, rifas, sorteos y similares, juego de pimball, juegos de video y demás juegos electrónicos: el valor nominal de los cartones de juego, de los boletos de juego, de las fichas, o cualquier otro medio utilizado en el funcionamiento o alquiler de los juegos.
b) Para las loterías y otros juegos de azar: el monto o valor de los premios
 

¿Cuáles son las tasas del impuesto?

a) Bingos, rifas y sorteos: 10%
b) Pimball, juegos de video y demás juegos electrónicos: 10%
c) Loterías y otros juegos de azar: 10%
 

¿Cuándo se paga el impuesto?

El impuesto es de periodicidad mensual y se cancelará dentro de los doce (12) primeros días hábiles del mes siguiente